jueves, octubre 03, 2019

Por una sonrisa resplandeciente


Por Sergio I. Rivero Carrasco

El Día Internacional de las Personas Mayores, o de la Tercera Edad, fue instituido en 1990 por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para ser celebrado cada 1° de octubre con el objetivo de reivindicar los derechos de los adultos mayores, grupo etario más vulnerable, lo cual constituye un llamado a la toma de conciencia para multiplicar la atención a la salud, garantía de la seguridad social, para impedir la discriminación, el maltrato y la obligatoriedad al trabajo a partir de las edades legalmente establecidas de 60 años para las mujeres y 65 los hombres.


La condición de Cuba como uno de los países latinoamericanos más envejecidos y la rapidez con que se ha transformado nuestra pirámide poblacional, constituye una preocupación gubernamental para los años que corren y sobre todo el futuro. Muestra de ello es que a  partir de 1959 con el triunfo revolucionario, se comenzó un trabajo muy serio desde el punto de vista social, legislativo y de asistencia médica que garantiza la salud y la asistencia social para los adultos mayores y el disfrute de una vejez con óptima calidad de vida, aunque todavía faltan objetivos por lograr para alcanzar la disponibilidad de medios y servicios que ellos necesitan y en los cuales se trabaja.

Con ese propósito se han creado instituciones sociales y de salud dedicadas a su protección y atención como las Casas de Abuelo, los hogares de ancianos, la atención primaria de los médicos de la familia, las consultas especializadas de Jeriatría y a la vez la Jeriatrización de los hospitales con capacidad profesional para atender a este sector social en todas las especialidades médicas. Unido a ello, se consolidan las acciones de protección a través de la asistencia social a los que tienen desventaja social, así como su consideración en el cuerpo legislativo del país que van desde la oficialización de la figura del cuidador hasta las específicamente ya expresadas en la Nueva Constitución.

En referencia a lo anteriormente expuesto, el artículo 88 incluye el derecho de las personas adultas mayores a que el Estado, la sociedad y las familias, en lo que a cada uno corresponde, protejan, asistan y faciliten las condiciones para satisfacer sus necesidades y ayuden a  elevar su calidad de vida. Señala que se debe respetar su autodeterminación, garantizar el ejercicio pleno de sus derechos y promover su integración y participación social.


La Isla de la Juventud, como parte del país, también implementa las políticas públicas aprobadas, además de la voluntad de las organizaciones de masa y las estructuras de la comunidad para hacer realidad el propósito de alcanzar la mayor protección posible a estas personas que durante muchos años se entregaron al desarrollo económico social, fundaron una familia y contribuyen desde la experiencia, el ejemplo y el amor, a encauzar la educación moral y cívica de los más jóvenes que beben de su savia y enriquecen el espíritu.

Hoy es un día de fiesta para la sociedad, enriquecida con las tablas gimnásticas protagonizadas por los grupos de adultos, actividades festivas y bailables, excursiones,  eventos científicos para incentivar desde la ciencia una atención más integral y efectiva y homenaje a ellos en los hogares,  enriquecen el entorno con su presencia y viven a plenitud los años más hermosos y fecundos de sus vidas. Todo cuánto se haga es poco por lograr que su eterna sonrisa resplandezca cada día.

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