La
inscripción de los electores en el registro electoral es universal, automática y gratuita. |
La Ley No. 72 de
1992, Ley Electoral, establece que los procesos electorales son de
dos tipos:
a) Elecciones generales cada cinco años, en las que además de los
Delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular y sus
Presidentes y Vicepresidentes, se eligen a los Diputados a la
Asamblea Nacional del Poder Popular, su Presidente, Vicepresidente y
Secretario. También al Presidente, Primer Vicepresidente,
Vicepresidentes, Secretario y demás miembros del Consejo de Estado.
A los Delegados a las Asambleas Provinciales del Poder Popular y a
sus Presidentes y Vicepresidentes.
b) Elecciones parciales cada dos años y medio, en las que se
elige a los Delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular
y sus Presidentes y Vicepresidentes.