Por: Dr. Rodolfo Dávalos
Como hemos dicho, una de las causales de apelación alegada por los abogados de la defensa de nuestros Cinco Héroes sobre la cual deberá pronunciarse el panel de jueces del Onceno Circuito en Atlanta, es la mala conducta de la Fiscalía a lo largo de todo el proceso.
Para la mejor comprensión de la magnitud de esta conducta impropia, desvergonzada, malintencionada y casi delictiva (pues el perjurio, la acusación falsa y la coacción pueden llegar a constituir delitos), es necesario establecer cómo la Fiscalía y el Gobierno de los Estados Unidos se identifican en el sistema legal y administrativo norteamericano.
En el plano federal, el Fiscal General es el Secretario (Jefe) del Departamento (Ministerio) de Justicia. Hasta tales niveles ha llegado la acción inescrupulosa, que el Fiscal General de ese país, Alberto Gonzales, en lugar de proceder a dar cumplimiento a la exigencia de legalidad y justicia que reclama la imparcial institución internacional, ha acudido a maniobras políticas y ha presionado para que los Cinco continúen presos después de la primera sentencia de Atlanta. Por otra parte, el fiscal federal del Distrito Sur de la Florida, Alexander Acosta, siguiendo sus instrucciones, estableció el recurso de apelación ante el Pleno del Onceno Circuito contra la sentencia unánime de los jueces, algo nunca visto hasta entonces.
Es sabido que el fiscal es la figura central de todas las causas judiciales en Estados Unidos, a quien compete incoar y dirigir la acusación contra los presuntos actos delictivos. Al fiscal le corresponde disponer o examinar los arrestos y denuncias, participar en el proceso de fijación de fianza o negación de libertad provisional, negociar los convenios declaratorios de culpabilidad (que permiten al reo una sentencia menor y no ir a juicio a cambio de reconocer su culpabilidad), llevar la acusación en el proceso y hasta hacer recomendación de sentencias condenatorias. Tal es el poder del fiscal que se le considera «guardián de la legalidad» y representante del Gobierno ante la administración de justicia, más aún, de la nación, pues actúa a nombre del país, de ahí la denominación de las causas: «Estados Unidos vs. fulano».
Para ello está investido de facultades legales amplias, pero facultades regladas, es decir fijadas y reguladas por la ley, la que establece límites de actuación dados por la moral y la ética. ¿Con qué moral el fiscal podría exigir el cumplimiento de la ley por los acusados y pedir castigo por haberla violado, si no la respeta, acata y cumple estrictamente?
Es ahí donde desde el principio mismo del proceso de los Cinco, la actuación de la Fiscalía ha estado signada por la maldad, la ilegalidad, el engaño, la mentira y el total irrespeto a la ley.
Los escritos de apelación de los abogados de la defensa lo han dejado claro, e insisten una vez más en ello. No se trata solo de la actuación indebida de la Fiscalía Federal en Miami, al oponerse a la solicitud de cambio de sede, cuando se negaba la admisibilidad del precedente judicial invocado por la defensa, para luego invocarlo ella misma en otro proceso en la propia ciudad. No, sobre esta mala conducta no hay cosa juzgada, pues la mala actuación de la Fiscalía está presente a lo largo de todo el proceso y lo vicia de nulidad.
Esta conducta impropia, como bien señala ahora la defensa, incluye, entre otras, las siguientes:
•Acusar falsamente de delitos no imputados (sabotaje, ataque con explosivos) mucho más graves que los cargos presentados, para exponer a los acusados ante el jurado como delincuentes peligrosos.
•Tratar de que fuera la defensa la que asumiera la carga de la prueba, desde su discurso de apertura, alegando que esperar al informe de clausura sería demasiado tarde, y calificar de engañosa la actuación de la defensa.
•Denigrar a los abogados defensores y a los testigos de la defensa con afirmaciones falsas, infundadas y señalando que habían obrado mal.
•Encomiar exageradamente como «fabuloso» el trabajo del FBI, que había desmontado una red de espionaje (delito no cometido).
•Hacer alusión a hechos e informaciones totalmente irreales, falsas y no registradas en las evidencias.
•Haber alegado en varias ocasiones que los acusados venían a destruir Estados Unidos, sugiriendo, además, que existían evidencias perniciosas que no fueron presentadas al juicio.
Colocar al jurado por encima de la ley, exhortándolo a actuar a sus anchas (lo que después ocurrió), al decirle que «hicieran el trabajo del gobierno en este caso sumamente importante para Estados Unidos», inventando argumentos, estimulando a hacer algo supuestamente «correcto» como único camino de los ciudadanos en esa situación. Crear un estado de conciencia de «guerra», al fijar falsas y extremas posiciones e intenciones entre los acusados y el pueblo norteamericano, y, por ende, el jurado, al afirmar con estilo «incendiario»: «ellos contra nosotros».
Así el fiscal, fiel servidor de los intereses de su Gobierno, socavó las bases de la justicia, llevó el juicio por derroteros turbios, confundió al jurado, vició de nulidad todo el proceso, violando la Quinta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos al impedir el debido proceso legal.
No hay alternativas, cualquier juez digno se dará cuenta de ello. Esperemos, pues solo por esta causal, en buena lid, el juicio debía ser anulado. No hay ley sin orden; por grande que sea la presión política, fruto del odio a Cuba revolucionaria, la justicia no puede admitir estas conductas; sería la semilla de su propia destrucción.