El Consejo de Estado,
conforme a lo establecido en la Constitución de la República y en la
Ley Nº 72, de 29 de octubre de 1992, “Ley Electoral”, acordó convocar a
los electores de la República a elecciones generales para elegir a los
delegados a las asambleas municipales y provinciales del Poder Popular y
a los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Las elecciones para elegir por el término de dos años y medio a los
delegados a las asambleas municipales del Poder Popular se celebrarán el
domingo 21 de octubre de 2012, y en segunda vuelta, el domingo 28 de
octubre, en aquellas circunscripciones en que ninguno de los candidatos
haya obtenido más del cincuenta por ciento de los votos válidos
emitidos.
La fecha en que tendrán lugar las elecciones para elegir, por el
término de cinco años, a los delegados a las asambleas provinciales y a
los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular será dispuesta
posteriormente.