- A los diputados electos les corresponderá la responsable tarea de decidir, entre ellos, al Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Asamblea Nacional del Poder Popular y a los 31 integrantes del Consejo de Estado
Una vez electos, los diputados, dentro de un término de 45 días a partir de su elección, se reunirán por derecho propio, en el lugar, fecha y hora que señale el Consejo de Estado, para dejar constituida la Asamblea Nacional y cumplir la responsable tarea de elegir, de entre ellos, al Presidente, Vicepresidente y Secretario del órgano supremo del poder estatal, y a los 31 integrantes del Consejo de Estado (un Presidente, un Primer Vicepresidente, cinco Vicepresidentes, un Secretario y 23 miembros más).