´Hyundai Accent de color azul, con chapa T31402, tras el fatal
accidente que le costó la vida a Oswaldo Payá Sardiñas
y Harold Cepero
accidente que le costó la vida a Oswaldo Payá Sardiñas
y Harold Cepero
Nota del Ministerio del Interior
Hyundai Accent, matrícula de turismo T31402, el auto donde viajaba Oswaldo José
Payá Sardiñas
Como informó el diario Granma, el pasado 22 de julio a las 13:50 horas, un auto Hyundai Accent matrícula de turismo T31402, se
salió de la vía y se impactó contra un árbol en un tramo de la carretera Las Tunas-Bayamo, en la localidad de Las
Gabinas, provincia Granma.
En este lamentable accidente fallecieron los ciudadanos Oswaldo José Payá Sardiñas y Harold Cepero Escalante; mientras que
resultaron lesionados leves los extranjeros Ángel Francisco Carromero Barrios y Jens Aron Modig, de ciudadanías española y
sueca, respectivamente.
Durante el proceso investigativo, se precisó que el vehículo salió de La Habana sobre las 06:00 horas de ese día,
conducido por Ángel Carromero, y se dirigió a Santiago de Cuba. Jens Aron viajaba en el asiento delantero derecho; Oswaldo Payá
en el asiento trasero izquierdo y a su lado Harold Cepero. Estos dos últimos no llevaban puesto el cinturón de seguridad.
El tramo de la carretera en que ocurrió el accidente está en
reparación y por espacio de unos dos kilómetros no se
encuentra pavimentada la superficie de rodamiento, lo cual lo convierte
en una especie de terraplén con abundante gravilla; por tanto, muy
resbaladizo. El análisis pericial arrojó que el lugar es una vía recta
que cuenta con buena visibilidad y había una
señal que indicaba la existencia de hombres trabajando en su
mantenimiento, precedida de otras similares que alertan a los
conductores de los
tramos en reparación.
Al respecto, el apartado dos del artículo 127 de la Ley 109, de seguridad vial, establece que “no se debe conducir un
automóvil a una velocidad mayor de 60 kilómetros por hora en camino de tierra o terraplén”; y en el 128 que “Sin
perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, en relación con el límite general de velocidad, el que guíe un
vehículo o animal por la vía debe tener pleno dominio de su movimiento y está obligado a moderar la marcha y si es preciso
detenerla siempre que la circulación, estado de la vía o la visibilidad lo imponga”, en especial, “cuando la superficie
está resbaladiza por agua, grasa, arena, lodo u otras sustancias o éstas puedan proyectarse hacia los vehículos y
peatones”.
El dictamen pericial y las declaraciones de tres testigos
presenciales del accidente: José Antonio Duque de Estrada Pérez,
Lázaro Miguel Parra Arjona y Wilber Rondón Barrero, permitieron
establecer que el auto irrumpió al terraplén a exceso de
velocidad. Al respecto, el Capitán Jorge Fonseca Mendoza, perito del
lugar del hecho (12 años de experiencia), apuntó que el
conductor aplicó los frenos de una manera abrupta, ochenta metros
después de haber entrado al terraplén, perdió el
control del vehículo y el carro giró del costado izquierdo por espacio
de 63 metros, con el frente hacia la cuneta y el maletero hacia
el centro de la vía, hasta impactar con un árbol en el borde derecho de
la carretera, lo cual confirma la extrema velocidad con que
era conducido.
José Antonio Duque de Estrada, trabajador del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INRH), quien reside en el municipio
granmense de Río Cauto y transitaba por el lugar del hecho en una bicicleta, declaró al Órgano de Instrucción:
“El carro me pasó a alta velocidad por al lado, con seguridad iba a
más de 100 kilómetros por hora. Rebasó a un
tractor que también iba en la misma dirección y después vi una tremenda
polvareda, cuando entró a un tramo que
está en mal estado. Al aproximarme, ya con menos polvareda, vi al carro
impactado contra un árbol en la cuneta. A mi modo de entender,
la razón más clara que yo veo del accidente es el exceso de velocidad.
Al caer en el terraplén no es lo mismo que en el
pavimento, no hay freno que valga, el carro no se sujeta, se desliza y
se impactó contra el árbol”.
Por su parte, Lázaro Miguel Parra Arjona, tractorista del INRH y vecino de La Sal, en el municipio Yara, confirmó esta
versión: “El carro me adelantó a gran velocidad; luego vi la nube de polvo fuerte y cuando bajó el polvo pude ver el
auto impactado en el árbol que está en la cuneta”.
Tanto José Antonio como Lázaro conducían en la misma dirección del auto accidentado, pero Wilber Rondón
Barrero, campesino de Río Cauto, venía en dirección contraria, a unos cien metros de distancia del sitio donde ocurrió
el siniestro. “Cuando me acercaba vi que el carro perdía el control y se impactaba contra un árbol de la cuneta”,
declaró.
Un equipo de la Dirección de CriminaIística integrado por: Teniente
Coronel Misael Fontes Pérez, oficial de la
Sección de Averías, Explosiones e Incendios (19 años de experiencia como
perito); Teniente Coronel Inardi Reyes Uriarte,
Jefe de la Sección Provincial de Criminalística de Granma (11 años de
experiencia como perito); y el Capitán
Jorge Fonseca; de conjunto con Fidel Núñez Guevara, Jefe de Ingeniería
del Tránsito en la provincia Granma (9
años de experiencia como perito), concluyó categóricamente que el
conductor manejaba a exceso de velocidad y que el
vehículo presentaba una abolladura de 67 centímetros de ancho con 45
centímetros de profundidad en el lateral izquierdo
trasero, perpendicular al eje longitudinal del auto (lugar donde
viajaban los fallecidos), como consecuencia de un fuerte golpe que
deformó
sustancialmente el monochasis y el techo, cuyas características y
dimensiones se corresponden con el tronco del árbol referido.
El dictamen médico forense indica que Oswaldo Payá falleció instantáneamente a consecuencia de un traumatismo
craneoencefálico como resultado del fuerte impacto recibido; mientras que Harold Cepero murió en el hospital clínico
quirúrgico Carlos Manuel de Céspedes, de la ciudad de Bayamo, debido a una insuficiencia respiratoria aguda por tromboembolismo
pulmonar graso del lóbulo superior del pulmón izquierdo, derivada de la fractura fragmentada del fémur izquierdo.
Ángel Carromero declaró al Órgano de Instrucción que no recordaba
haber visto la señalización que alerta
sobre el estado en que se halla la vía. Añadió que irrumpió al terraplén
a una velocidad que no puede precisar,
debido a que no iba observando el cuentamilla y al percatarse de que
transitaba sobre grava, intentó disminuir la velocidad mediante un
frenazo brusco y el auto comenzó a resbalar de lado hasta impactarse
contra el árbol. Jens Aron declaró que él estaba
dormitando cuando sintió el frenazo y el desplazamiento lateral del
vehículo; luego perdió la conciencia.
A partir del análisis lógico del tiempo de viaje (cerca de
ochocientos kilómetros en menos de ocho horas, con tres paradas
intermedias), las declaraciones de los testigos y el estudio pericial
del lugar del hecho y el vehículo, el equipo investigativo evaluó
que Ángel Francisco Carromero Barrios debió conducir a una velocidad
promedio superior a los 120 kilómetros por hora y que
frueron su falta de atención al control del vehículo, el exceso de
velocidad y la incorrecta decisión de aplicar los frenos de
manera abrupta en una superficie resbaladiza, las causas que
determinaron este trágico accidente que costó la vida a dos seres
humanos.
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