- Nuevas regulaciones aduanales, adecuadas a las condiciones actuales de Cuba y acordes a las prácticas internacionales, entran hoy en vigor para facilitar el tráfico de pasajeros y equipajes
La Resolución 439 del 2012, de la Aduana General de la
República, publicada en la Gaceta Oficial, indica que todo pasajero
puede importar exentos del pago de derechos efectos personales como
ropa, calzado y artículos para su uso personal, entre ellos reproductor
multimedia digital portátil y cámara fotográfica.
También se incluye teléfono móvil (celular), aparato de televisión
portátil y artículos para la transportación, entretenimiento,
alimentación y cuidado de niños de acuerdo con la edad.
En igual condición se ubican artículos o productos sujetos al pago,
cuando su valor sea igual o inferior a 50 pesos con 99 centavos, y hasta
10 kilogramos de medicamentos, en sus envases originales, tales como
productos farmacéuticos elaborados, siempre que no integre la lista cuya
importación no se permite o esté sujeta a requisitos especiales.
Asimismo, todos los pasajeros pueden importar, además de sus efectos
personales, artículos sujetos al pago de derechos hasta el límite de mil
pesos, siempre que no tengan un fin lucrativo y las cantidades de un
mismo artículo no excedan lo autorizado.
Los niños menores de 10 años solo pueden traer consigo efectos
personales de acuerdo a la edad, y siempre que ya los hayan cumplido
tienen derecho a importar artículos hasta el límite del valor
establecido.
Hasta los 18 años, para el acto de despacho, tienen que estar
asistidos por un adulto que los represente, señala la medida aduanal.
Los productos de origen animal o vegetal requieren para su
importación el permiso de la autoridad sanitaria, mientras que la
entrada al país o exportación de armas de fuego, municiones o especies
protegidas de la flora y fauna requieren la venia de los organismos
competentes.
Enfatiza la Resolución que no se permite la importación o exportación
de explosivos, drogas, estupefacientes, sustancias sicotrópicas, ni
literaturas, artículos y objetos obscenos o pornográficos o que atenten
contra los intereses de la nación.
Antes de su entrada a Cuba, los pasajeros deben llenar una
Declaración donde consignen las pertenencias que ingresan al territorio
nacional.
A quienes viajan como turistas les serán aplicadas las disposiciones
recogidas en la Convención de Facilidades Aduaneras para el Turismo.
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